domingo, 26 de julio de 2009

SI SE CONTRAE SEGUNDO MATRIMONIO EN ESPAÑA, PARA SU INSCRIPCIÓN REGISTRAL SIEMPRE SERÁ NECESARIA LA INSCRIPCIÓN DEL PRIMER ENLACE Y LA ANOTACIÓN MARGINAL DEL DIVORCIO EN VIRTUD DE LA SENTENCIA EXTRANJERA QUE LO DECLARABA.


VERDADERO.

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