SERÁ VÁLIDO EL MATRIMONIO CELEBRADO EN ESPAÑA CON ARREGLO A LA FORMA RELIGIOSA ADMITIDA POR LA LEY DE CUALQUIERA DE LOS CÓNYUGES AUNQUE NO SE TRATE DE UNA DE LAS FORMAS RELIGIOSAS ADMITIDAS POR EL DERECHO ESPAÑOL.
SEGÚN LA CORRECCIÓN EN LA REVISIÓN DE EXAMEN, TANTO LA RESPUESTA:
VERDADERO O FALSO.
SON AMBAS CORRECTAS.
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